La Ley de Reforma de Compensación por Lesiones Médicas de California (MICRA — Medical Injury Compensation Reform Act), promulgada en 1975, es una de las leyes de tort reform médica más influyentes y controvertidas en la historia del derecho estadounidense. MICRA limitó los daños no económicos (dolor y sufrimiento, angustia emocional, pérdida del disfrute de la vida) en casos de negligencia médica a $250,000 durante casi cincuenta años. En 2022, AB 35 revisó MICRA por primera vez desde su promulgación: el límite de daños no económicos comenzó a aumentar gradualmente desde $350,000 en enero de 2023, aumentando en $40,000 por año para casos que no involucran muerte, hasta alcanzar $750,000 en 2033; en casos de muerte por negligencia médica, el límite comenzó en $500,000 en 2023 y aumenta en $50,000 por año hasta alcanzar $1 millón en 2033. Aunque estos aumentos representan una mejora significativa para las víctimas de negligencia médica, California aún tiene uno de los límites más bajos de daños no económicos entre los estados que han promulgado tales restricciones — y el debate político sobre si el límite suficientemente compensa a las víctimas continúa.
El plazo de prescripción para las demandas de negligencia médica en California es gobernado por el Código de Procedimientos Civiles sec. 340.5, que establece el plazo más corto de: (a) tres años desde la fecha de la lesión, o (b) un año desde que el paciente descubrió o debería haber descubierto la lesión a través de una investigación razonable. Para los menores que eran menores de 6 años al momento de la lesión, el plazo es hasta tres años después del lesionamiento o hasta que el menor cumpla 8 años, lo que sea más largo. Una característica única de MICRA es el requisito de notificación previa a la presentación del caso: el Código de Procedimientos Civiles sec. 364 exige que la parte demandante envíe una notificación de 90 días al médico o centro médico antes de presentar la demanda de negligencia médica, durante cuyo período la prescripción se suspende. Este aviso previo puede ser estratégicamente importante para facilitar negociaciones de acuerdo y para cumplir con los requisitos procesales del sistema judicial de California.
El ecosistema hospitalario de California es el más diverso y complejo del país. Los grandes centros médicos académicos incluyen: el Centro Médico UCLA (757 Westwood Plaza, Los Ángeles, CA 90095); el Centro Médico UCSF (505 Parnassus Avenue, San Francisco, CA 94143); el Centro Médico Stanford (300 Pasteur Drive, Palo Alto, CA 94304); y el Centro Médico UC San Diego (200 West Arbor Drive, San Diego, CA 92103). Kaiser Permanente — con 39 hospitales en California y sede en Oakland (1 Kaiser Plaza, Oakland, CA 94612) — es el mayor sistema de salud integrado del estado y también uno de los mayores demandados en litigación de negligencia médica; los casos contra Kaiser con frecuencia se procesan a través de arbitraje mandatorio vinculante bajo el contrato de membresía Kaiser, lo que significa que muchos pacientes de Kaiser nunca llegan a un jurado para sus reclamaciones de negligencia médica. La Junta Médica de California (Medical Board of California; 2005 Evergreen Street, Suite 1200, Sacramento, CA 95815) licencia a los médicos y mantiene registros públicos de medidas disciplinarias que pueden ser evidencia clave en los casos de negligencia médica.
Las reclamaciones de lesiones en el nacimiento en California son algunas de las más complejas y potencialmente más valiosas del estado, dada la combinación de la alta densidad obstétrica (California tiene aproximadamente 450,000 nacimientos por año), la ausencia de un sistema alternativo de compensación de lesiones en el nacimiento como Florida (que tiene el programa NICA), y los límites de MICRA que se aplican incluso a los casos de lesiones en el nacimiento más catastróficos. Las teorías comunes en los casos de lesiones en el nacimiento de California incluyen: retraso en la cesárea cuando la monitorización fetal muestra sufrimiento fetal (desaceleraciones de frecuencia cardíaca fetal, variabilidad reducida); manejo inadecuado de la distocia de hombros que resulta en parálisis de plexo braquial; lesiones de hipoxia-isquemia que resultan en parálisis cerebral; y lesiones causadas por uso inapropiado de fórceps o vacuumextractor. Los expertos en perinatología, neonatología, y neurología pediátrica son esenciales en estos casos; las instalaciones de Los Ángeles que tratan el mayor volumen de nacimientos de alto riesgo incluyen el Harbor-UCLA Medical Center (1000 W. Carson Street, Torrance), el LAC+USC Medical Center (2051 Marengo Street, Los Ángeles), y el Children's Hospital Los Ángeles (4650 Sunset Boulevard, Los Ángeles, CA 90027).
California no requiere que los casos de negligencia médica sean revisados por un panel médico previo a la presentación — a diferencia de algunos estados que exigen evaluación de peritos o paneles de revisión antes de que se pueda presentar la demanda. Sin embargo, California sí exige que los demandantes en casos de negligencia médica cuenten con evidencia de expertos que apoye tanto la desviación del estándar de atención como la causalidad desde etapas tempranas del litigio; los tribunales californianos descartan casos de negligencia médica en la etapa de juicio sumario (summary judgment) cuando el demandante no puede presentar declaraciones de expertos que respalden elementos específicos de la reclamación. El perito experto en el estándar de atención en California debe tener la "misma especialidad o una similar" que el médico demandado bajo la norma California desarrollada en casos como Stephen v. Sears, Roebuck & Co. Los honorarios de expertos en casos complejos de negligencia médica en Los Ángeles y el Área de la Bahía pueden superar los $100,000, lo que hace que el acceso a la justicia para víctimas de negligencia médica de bajos ingresos sea un desafío significativo incluso en el sistema de honorarios contingentes.
Las demandas de muerte por negligencia médica en California están sujetas tanto a MICRA (que limita los daños no económicos para los sobrevivientes del fallecido) como al Estatuto de Muerte Injusta de California (CCP sec. 377.60 et seq.), que permite que los familiares sobrevivientes del difunto demanden por pérdida de apoyo económico, servicios domésticos, y otros daños económicos sin el límite de MICRA. La distinción entre daños económicos y no económicos en los casos de muerte por negligencia médica es crucial en la estrategia de litigación de California: los daños por pérdida de ingresos futuros proyectados del médico, empresario, o profesional fallecido no están sujetos al límite de MICRA y pueden ser muy sustanciales en las comunidades profesionales de Silicon Valley, Hollywood, y Los Ángeles. Los economistas forenses son testigos esenciales en estos casos para proyectar las pérdidas económicas durante la vida laboral proyectada del fallecido. Las demandas de muerte injusta deben presentarse dentro de los dos años del fallecimiento (CCP sec. 335.1).