California aplica la doctrina de negligencia comparativa pura en todos los casos de lesiones personales — establecida por la Corte Suprema de California en Li v. Yellow Cab Co., 13 Cal.3d 804 (1975) — lo que significa que una persona lesionada puede recuperar daños incluso si fue 99% responsable del accidente, aunque su recuperación se reduce en proporción a su propia culpa. Este principio protege especialmente a las comunidades vulnerables del estado: trabajadores agrícolas en el Valle Central lesionados en carreteras rurales, peatones en los barrios densamente poblados del Este de Los Ángeles, y trabajadores de construcción en los campus universitarios de la Bahía. El Tribunal Superior de California — que existe en cada uno de los 58 condados del estado — es el foro principal para demandas de lesiones personales que superen los $35,000; para reclamaciones menores, el Tribunal de Reclamaciones Menores o el Tribunal Civil Limitado manejan el proceso de forma más accesible y menos costosa para quienes actúan sin abogado.
El plazo de prescripción para presentar una demanda de lesiones personales en California es de dos años a partir de la fecha del accidente, según el Código de Procedimiento Civil de California, sección 335.1. Sin embargo, existen importantes excepciones que extienden este plazo: menores de edad tienen hasta dos años después de cumplir 18 para presentar su reclamación (CCP sec. 352); el descubrimiento tardío de lesiones ocultas puede tolerar el plazo bajo la "regla de descubrimiento"; y la conducta dolosa del demandado para ocultar la negligencia puede suspender la prescripción bajo el principio de "equitable tolling." Las reclamaciones contra el gobierno del estado, condados, o municipios de California — incluyendo el Departamento de Transporte (Caltrans; 1120 N Street, Sacramento, CA 95814), el Departamento de Policía de Los Ángeles (LAPD; 100 West 1st Street, Los Angeles, CA 90012), y los distritos escolares — requieren que la víctima presente una reclamación administrativa ante la entidad gubernamental dentro de los seis meses de la lesión bajo la Ley de Reclamaciones Gubernamentales de California (Gov. Code sec. 811.2 et seq.) antes de poder demandar.
Las lesiones en el lugar de trabajo presentan en California una intersección crítica entre el sistema de compensación laboral y el derecho de lesiones personales. California prohíbe que los empleados demanden directamente a sus empleadores por lesiones de trabajo (la compensación laboral es el remedio exclusivo bajo Labor Code sec. 3600 et seq.), pero sí permite reclamaciones de terceros contra fabricantes de equipos defectuosos, contratistas independientes, propietarios de inmuebles, y cualquier parte que no sea el empleador directo. Esto es especialmente relevante en la industria agrícola del Valle San Joaquín — donde la mayoría de los trabajadores son latinos —, en la construcción en el corredor de San Francisco a San José, y en la industria de almacenes del Inland Empire (Riverside y San Bernardino). Un trabajador lesionado que recibe compensación laboral y también tiene una reclamación de tercero válida puede perseguir ambas simultáneamente, aunque California impone un derecho de reembolso al seguro de compensación laboral sobre cualquier recuperación de tercero bajo Labor Code sec. 3852.
La responsabilidad por local defectuoso (premises liability) es una de las categorías más litigadas en California, dada la densidad del estado y el volumen de visitantes a propiedades comerciales, parques, playas públicas, y eventos masivos. Los propietarios de bienes inmuebles en California tienen el deber legal de mantener sus propiedades en condición razonablemente segura para todos los visitantes — incluyendo intrusos en algunos casos bajo Rowland v. Christian, 69 Cal.2d 108 (1968), que eliminó las categorías distintas de invitados e intrusos y estableció un estándar unificado de "persona razonable." Los accidentes en almacenes de las cadenas Walmart, Target, y Home Depot en el sur de California; resbalones en pisos mojados en los mercados de Los Ángeles y Fresno; y caídas en las aceras de propiedades privadas en Los Ángeles (donde las aceras son responsabilidad del propietario privado contiguo, no de la ciudad, en virtud de Streets & Highways Code sec. 5600 et seq.) generan un volumen masivo de litigios de lesiones personales en el sistema judicial de California.
La responsabilidad de productos defectuosos (products liability) en California sigue la teoría de responsabilidad estricta establecida en Greenman v. Yuba Power Products, Inc., 59 Cal.2d 57 (1963) — un caso fundamental en la historia del derecho estadounidense — que permite a una víctima demandar a cualquier miembro de la cadena de distribución (fabricante, distribuidor, minorista) sin necesidad de probar negligencia, siempre que el producto sea defectuoso y cause daño cuando se usa de manera razonablemente previsible. Esta doctrina protege a los trabajadores del campo en el Valle Central lesionados por equipos agrícolas defectuosos, a los consumidores en Los Ángeles lesionados por productos con etiquetas de advertencia inadecuadas, y a las víctimas en toda California de accidentes de vehículos causados por defectos de fabricación. California tiene una economía de fabricación y tecnología que genera reclamaciones de responsabilidad de productos tanto ordinarios como de alta tecnología — incluyendo dispositivos médicos, vehículos eléctricos Tesla (con sede en Fremont, CA), y software de conducción autónoma.
Los daños disponibles en los casos de lesiones personales en California incluyen daños económicos (gastos médicos, pérdida de ingresos, pérdida de capacidad de ganancias futuras, gastos de rehabilitación) y daños no económicos (dolor y sufrimiento, angustia emocional, pérdida del disfrute de la vida, pérdida de consorcio). California no tiene un límite general para los daños no económicos en casos de lesiones personales — aunque la Ley MICRA (Medical Injury Compensation Reform Act) impone un límite a los daños no económicos en casos de negligencia médica que aumentó de $250,000 a $350,000 en 2023 bajo AB 35 y seguirá aumentando gradualmente. Los daños punitivos están disponibles en California cuando el demandado actuó con malicia, opresión, o fraude bajo el Código Civil sec. 3294; California exige la aprobación del tribunal para solicitar al jurado daños punitivos, y la evidencia de la conducta del demandado y su situación financiera es admisible en la fase de daños punitivos del juicio.