Nueva York es un estado de distribución equitativa (equitable distribution) de la propiedad matrimonial bajo la Ley de Relaciones Domésticas (Domestic Relations Law — DRL) sec. 236B. La Corte de Apelaciones de Nueva York (20 Eagle Street, Albany, NY 12207), en O'Brien v. O'Brien, 66 N.Y.2d 576 (1985), estableció uno de los precedentes más importantes del derecho de familia de Nueva York: la licencia médica y las credenciales profesionales obtenidas durante el matrimonio son "propiedad matrimonial" sujeta a distribución equitativa — una decisión que no tiene precedente en la mayoría de los estados y que puede tener un gran impacto en los divorcios que involucran a médicos, abogados, y otros profesionales del área metropolitana de Nueva York. Esta doctrina fue modificada posteriormente pero sigue siendo influyente. Los factores para la distribución equitativa en Nueva York incluyen: la duración del matrimonio, la edad y salud de cada cónyuge, los ingresos y futura capacidad de generación de ingresos de cada uno, las contribuciones de cada cónyuge al matrimonio (incluyendo como cuidador del hogar), y el cuidado de los hijos menores.
El divorcio sin culpa llegó a Nueva York en 2010 — fue el último estado de EE.UU. en adoptarlo. Bajo la sec. 170(7) de la DRL, un cónyuge puede obtener el divorcio basándose en "el quiebre irreparable de la relación matrimonial por un período de al menos seis meses". El Tribunal Supremo del Estado de Nueva York (Supreme Court — que en NY es un tribunal de primera instancia, no el más alto) maneja los divorcios: el Tribunal Supremo de Manhattan (60 Centre Street, New York, NY 10007), el Tribunal Supremo del Bronx (851 Grand Concourse, Bronx, NY 10451), el Tribunal Supremo de Brooklyn (360 Adams Street, Brooklyn, NY 11201), el Tribunal Supremo de Queens (88-11 Sutphin Boulevard, Jamaica, NY 11435), y los tribunales de los condados aledaños como Westchester (111 Dr. Martin Luther King Jr. Blvd, White Plains, NY 10601) y Nassau (100 Supreme Court Drive, Mineola, NY 11501). Nueva York requiere residencia de al menos 1 año en el estado si el matrimonio no se celebró en Nueva York, o 2 años de residencia si ninguna de las partes es residente actual de Nueva York.
La manutención conyugal (spousal maintenance) en Nueva York sigue una fórmula calculada según la Ley de Reforma de Manutención de 2015 (parte de la DRL sec. 236B(6)): la fórmula básica calcula el 30% del ingreso del cónyuge de mayores ingresos MENOS el 20% del ingreso del cónyuge de menores ingresos; si esta cantidad excede el 40% del ingreso combinado de ambos cónyuges, se ajusta al 40%. La duración de la manutención se determina por una guía de años basada en la duración del matrimonio: 15% de la duración para matrimonios de menos de 15 años; 30% para matrimonios de 15-20 años; 40% para matrimonios de 20-25 años; y el tribunal tiene discreción para duración mayor para matrimonios de más de 25 años. Estas son guías, no obligaciones absolutas — el tribunal puede desviarse. La pensión conyugal en Nueva York termina a la muerte del receptor, al nuevo matrimonio del receptor, o por orden del tribunal.
El sistema de Derecho de Familia (Family Court) de Nueva York es separado del Tribunal Supremo y maneja la mayoría de los casos que involucran a menores de edad, órdenes de protección, y custodia de hijos cuando los padres no están casados. El Tribunal de Familia de la Ciudad de Nueva York tiene ubicaciones en cada uno de los cinco condados: Manhattan (60 Lafayette Street, New York, NY 10013), Brooklyn (330 Jay Street, Brooklyn, NY 11201), Queens (151-20 Jamaica Avenue, Jamaica, NY 11432), el Bronx (900 Sheridan Avenue, Bronx, NY 10451), y Staten Island (100 Richmond Terrace, Staten Island, NY 10301). En los casos de divorcio con hijos menores, la División de Servicios para Niños y Familias (Office of Children and Family Services — OCFS; 52 Washington Street, Rensselaer, NY 12144) puede ser involucrada en casos de abuso o negligencia. El Proyecto de Mujeres Dominicanas (Dominican Women's Project), Alianza Latina para la Acción Comunitaria, y otras organizaciones en Washington Heights y el Bronx ofrecen servicios legales de familia en español.
La violencia doméstica y las órdenes de protección en Nueva York tienen un marco legal robusto. Las Órdenes de Protección de Emergencia (Emergency Protective Orders — EPOs) pueden ser emitidas por la policía y tienen vigencia inmediata; las Órdenes de Protección Temporales (Temporary Orders of Protection — TOPs) se obtienen en el Tribunal de Familia o el Tribunal Penal y duran hasta la próxima audiencia; las Órdenes de Protección Finales pueden durar hasta 5 años (o hasta 8 años en casos de convicción criminal). La red de refugios para víctimas de violencia doméstica en la Ciudad de Nueva York incluye organizaciones que sirven específicamente a la comunidad hispana: Safe Horizon (2 Lafayette Street, Suite 300, New York, NY 10007) tiene servicios en español; la Unidad de Violencia Doméstica del NYPD (DV Unit; 1 Police Plaza, New York, NY 10038) tiene personal bilingüe; y el Programa PEACE (Prevent Abuse in Community Environments) de Alianza Latina en el Bronx ofrece servicios gratuitos en español. La Línea Estatal de Violencia Doméstica de Nueva York es 1-800-942-6906 (disponible en español).