California es uno de los nueve estados de propiedad comunitaria (community property) en los Estados Unidos, y esta distinción fundamental define la arquitectura legal de cada divorcio en el estado. Bajo el Código de Familia de California sec. 760, todo bien, activo o ingreso adquirido por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio — independientemente de cuál de los dos lo ganó o cuál aparece en el título — pertenece en iguales partes a ambos cónyuges. Una casa en Palo Alto comprada con el salario de uno de los cónyuges mientras el otro cría a los hijos en casa, opciones de acciones de una empresa tecnológica de Mountain View obtenidas como compensación laboral durante el matrimonio, o el saldo de una cuenta de jubilación 401(k) de una empresa de Hollywood — todo es propiedad comunitaria dividible exactamente en mitades al momento del divorcio. La propiedad separada — bienes poseídos antes del matrimonio, herencias, y regalos personales — permanece con su dueño original, pero las reglas de mezcla (transmutation) y el ingreso producido durante el matrimonio complican con frecuencia la distinción entre lo que es comunitario y lo que es separado.
California introdujo el divorcio sin causa en 1969, convirtiéndose en el primer estado de la nación en eliminar los requisitos de "culpa" (adulterio, crueldad, abandono) como fundamento para el divorcio. Hoy, la única base legal para el divorcio en California es "diferencias irreconciliables" (Family Code sec. 2310), lo que significa que un cónyuge no puede bloquear el divorcio negando que existan problemas en el matrimonio. Para presentar la petición de divorcio, al menos uno de los cónyuges debe haber sido residente de California durante los seis meses anteriores y residente del condado donde se presenta la petición durante los tres meses anteriores (Family Code sec. 2320). El proceso comienza con la petición (formulario FL-100) en el Tribunal Superior del condado correspondiente — Los Ángeles (111 North Hill Street, Los Angeles, CA 90012), San Francisco (400 McAllister Street, San Francisco, CA 94102), San Diego (1100 Union Street, San Diego, CA 92101) — y tiene un período de espera mínimo de seis meses antes de que el divorcio pueda ser finalizado (Family Code sec. 2339).
La manutención de hijos en California se calcula mediante una fórmula computarizada establecida en el Código de Familia sec. 4055, que toma en cuenta los ingresos de ambos padres, el porcentaje de tiempo de crianza física, y ciertos gastos adicionales (costos de cuidado infantil, gastos médicos no asegurados). La calculadora oficial utilizada por los tribunales de California es DissoMaster, y los resultados son legalmente vinculantes a menos que ambas partes acuerden una cantidad diferente y el tribunal la apruebe. Los ingresos de "alta discrepancia" — como los de un ejecutivo de tecnología en San José que recibe compensación de acciones y bonificaciones variables — requieren análisis expertos especializados para determinar los "ingresos disponibles" reales del progenitor con más recursos. California prohíbe los acuerdos privados que reducen la manutención de hijos por debajo de las pautas calculadas sin aprobación judicial, y el estado tiene uno de los sistemas de cumplimiento más robustos del país — administrado por el Departamento de Apoyo de Hijos (DCSS; 9645 Butterfield Way, Sacramento, CA 95827) — incluyendo retención de salario, suspensión de licencias profesionales, y embargos de cuentas bancarias.
La pensión conyugal (spousal support, comúnmente conocida como "alimony") en California es discrecional y se rige por los factores del Código de Familia sec. 4320, que incluyen la capacidad de cada cónyuge para mantenerse según el estándar de vida establecido durante el matrimonio, las contribuciones al matrimonio (incluyendo el cuidado de hijos y el apoyo a la carrera del otro cónyuge), la duración del matrimonio, la edad y estado de salud de cada parte, y el impacto de periodos de desempleo en la carrera. La pensión temporal se puede solicitar desde el momento en que se presenta la petición; la pensión permanente tras el divorcio final puede ser indefinida o por tiempo limitado. En California, la "Ley de la mitad" (la regla no escrita de que la duración de la pensión debería ser aproximadamente la mitad de la duración del matrimonio para matrimonios de menos de diez años) ya no es una guía obligatoria, y los jueces de los Tribunales Superiores de Los Ángeles, San Francisco, y Sacramento tienen amplia discreción en la determinación de duración y monto.
La custodia de hijos en California se determina exclusivamente según el interés superior del menor (best interest of the child), bajo los factores del Código de Familia sec. 3011: salud, seguridad, y bienestar del niño; contacto frecuente y continuo con ambos padres; historial de abuso doméstico o uso de sustancias. California distingue entre custodia legal (el derecho de tomar decisiones sobre educación, salud, y religión del menor) y custodia física (dónde vive el menor). La custodia conjunta legal se presume apropiada a menos que existan circunstancias especiales; la custodia física conjunta (50/50 de tiempo) es cada vez más común en California pero no es automática. Las órdenes de alejamiento por violencia doméstica (DVRO) bajo Family Code sec. 6200 et seq. impactan directamente los arreglos de custodia; California tiene uno de los procedimientos de DVRO más accesibles del país, y los tribunales expiden órdenes temporales de emergencia (EPRO) el mismo día de la presentación.
Las comunidades inmigrantes de California — el estado tiene la mayor población de inmigrantes de los Estados Unidos, con más de 10 millones de personas nacidas en el extranjero — enfrentan consideraciones legales adicionales en el divorcio. Los matrimonios realizados en México, Guatemala, El Salvador, y otros países son generalmente reconocidos en California, y los documentos matrimoniales extranjeros deben ser traducidos y apostillados para ser admitidos como evidencia. El estatus migratorio de un cónyuge no afecta sus derechos a la división de propiedad comunitaria o manutención conyugal en California. Sin embargo, el divorcio puede tener implicaciones migratorias significativas — especialmente para cónyuges cuyos visas o tarjetas de residencia dependen del estatus del otro cónyuge, o para quienes tienen solicitudes de VAWA (Violence Against Women Act) pendientes basadas en violencia doméstica. El Consulado de México en Los Ángeles (2401 West 6th Street, Los Angeles, CA 90057) puede ayudar con autenticación de documentos; las organizaciones de asistencia legal como Bet Tzedek (3250 Wilshire Boulevard, Los Angeles, CA 90010) y Centro Legal de la Raza (3400 East 12th Street, Oakland, CA 94601) proporcionan asesoría legal en español.