El sistema de justicia criminal de la Ciudad de Nueva York es uno de los más complejos y activos del mundo. El NYPD (New York Police Department; 1 Police Plaza, New York, NY 10038) es el departamento de policía más grande de EE.UU. con más de 35,000 oficiales. Los delitos en Nueva York se dividen en faltas (violations — infracciones menores), misdemeanors (faltas — Clase A hasta 1 año en la cárcel del condado; Clase B hasta 3 meses), y felonies (delitos graves — Clase E la menos grave hasta 4 años; Clase A-I la más grave con pena máxima de cadena perpetua). Los casos criminales en la Ciudad de Nueva York se procesan en los tribunales del Tribunal Criminal Unificado (Unified Court System): el Tribunal Criminal de la Ciudad de Nueva York (NYC Criminal Court) para misdemeanors y violations, y el Tribunal Supremo del Estado de Nueva York (Supreme Court) para los felonies. Los fiscales distritales (District Attorneys) de cada condado — la Fiscalía del Condado de Nueva York/Manhattan (DA Manhattan; One Hogan Place, New York, NY 10013), la Fiscalía de Brooklyn (350 Jay Street, Brooklyn, NY 11201), la del Bronx (198 E. 161st Street, Bronx, NY 10451), y la de Queens (125-01 Queens Blvd, Kew Gardens, NY 11415) — presentan todos los cargos criminales en sus respectivas jurisdicciones.
La reforma de la ley de fianza en Nueva York (Bail Reform — 2020) fue una de las reformas de justicia criminal más significativas del estado en décadas. Antes de 2020, la mayoría de los acusados debían pagar fianza antes de ser liberados; después de las reformas, la mayoría de los delitos de misdemeanor y muchos felonies no califican para la fianza en efectivo — los acusados son liberados "on their own recognizance" (ROR — bajo su propia promesa de comparecer). Las reformas de 2020 fueron parcialmente revertidas en 2022 cuando la legislatura de Nueva York amplió la lista de delitos que califican para la fianza, en respuesta a la presión pública sobre las tasas de crimen. Para las comunidades hispanas del Bronx y Brooklyn que históricamente han sido afectadas desproporcionadamente por el encarcelamiento preventivo por no poder pagar fianzas bajas, estas reformas tienen un impacto significativo. La Sociedad de Ayuda Legal (Legal Aid Society; 49 Thomas Street, New York, NY 10013) y el Servicio de Defensa Pública de los Condados representan a los acusados que no pueden pagar un abogado.
Las leyes de drogas de Nueva York han sido reformadas significativamente desde las infames "Leyes Rockefeller" (Rockefeller Drug Laws) de 1973, que mandataban sentencias mínimas obligatorias de hasta 15 años de prisión para posesión de pequeñas cantidades de drogas. Las reformas de 2009 eliminaron la mayoría de los mínimos obligatorios para delitos de drogas no violentos y restauraron la discreción judicial. La marihuana recreativa fue legalizada en Nueva York bajo la Ley de Mercado de Cannabis de Marihuana Recreativa (MRTA — Marihuana Regulation and Taxation Act, Ley de Cannabis del Estado de Nueva York) en marzo de 2021: adultos de 21+ años pueden poseer hasta 3 onzas de marihuana para uso personal o hasta 24 gramos de concentrado sin consecuencias penales; también pueden cultivar hasta 6 plantas para uso personal en casa (3 maduras, 3 inmaduras). Para los no ciudadanos, el uso de marihuana puede tener consecuencias migratorias bajo la ley federal (todavía Schedule I) — un factor crítico para las comunidades de inmigrantes del Bronx y Queens que ahora pueden consumirla legalmente bajo la ley estatal de NY.
Las consecuencias migratorias de las condenas criminales son una preocupación existencial para los no ciudadanos en Nueva York, que tiene una de las poblaciones inmigrantes más grandes y diversas del mundo. El Bronx, Washington Heights, Jackson Heights, Corona, y Sunset Park albergan enormes concentraciones de residentes no ciudadanos — muchos con Green Card, visas de trabajo, TPS, DACA, o estatus indocumentado. Bajo la ley de inmigración federal, las condenas por "crímenes de vileza moral" (CIMT), "delitos agravados" (aggravated felonies), delitos de drogas, y delitos de violencia doméstica pueden resultar en deportación. La decisión de aceptar un plea deal en la Corte Criminal de Nueva York debe involucrar siempre una consulta con un abogado de inmigración. En Brooklyn v. Padilla (referenciando Padilla v. Kentucky, 2010), los defensores de oficio en Nueva York tienen el deber de informar a los clientes no ciudadanos sobre las consecuencias migratorias. La Unidad de Justicia Criminal para Inmigrantes del Fiscal General de Nueva York también persigue casos donde las condenas criminales resultan en consecuencias migratorias injustas.
Los enjuiciamientos de crímenes de odio (hate crimes) en Nueva York son particularmente relevantes para las comunidades hispanas, que han sido víctimas de un número creciente de crímenes motivados por el origen nacional, la raza, o la apariencia. La Ley de Crímenes de Odio de Nueva York (Hate Crimes Law; Ley Penal de Nueva York sec. 485.00 et seq.) aumenta las penalidades de los delitos cuando se cometen "por razones de raza, color, origen nacional, ascendencia, género, religión, práctica religiosa, edad, discapacidad, u orientación sexual". Los crímenes de odio contra personas latinas en el metro de la Ciudad de Nueva York, en los parques del Bronx, y en los vecindarios de Washington Heights han aumentado según las estadísticas del NYPD. La Unidad de Crímenes de Odio del NYPD (NYPD Hate Crimes Task Force; 212-767-7285) investiga estos crímenes; la Asociación Estadounidense de Derechos Civiles (ACLU of New York; 125 Broad Street, 19th Floor, New York, NY 10004) y Make the Road New York ofrecen apoyo a las víctimas latinas de crímenes de odio.