Arizona es uno de solo nueve estados de propiedad comunitaria en el país (ARS 25-211 et seq.): todos los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen por igual a ambos cónyuges, independientemente de quién los ganó o a cuyo nombre están registrados. Esta regla tiene implicaciones directas para familias militares en Luke AFB (Litchfield Park), Davis-Monthan AFB (Tucson), Fort Huachuca (Sierra Vista), y Yuma Proving Ground, donde uno de los cónyuges puede estar desplegado mientras el otro administra el hogar. La Ley de Protección de Miembros de las Fuerzas Armadas (SCRA) y la USFSPA rigen la división de pensiones militares.
Para presentar divorcio (dissolution of marriage) en Arizona, al menos uno de los cónyuges debe haber residido en el estado durante 90 días (ARS 25-312) — el plazo de residencia más corto entre los estados analizados. No existe separación legal obligatoria previa. Arizona reconoce el divorcio sin culpa (no-fault) simplemente alegando que el matrimonio está "irreconcilablemente roto." La única excepción es el Matrimonio por Convenio (Covenant Marriage, ARS 25-901 et seq.) — una opción voluntaria disponible en Arizona, Louisiana, y Arkansas que impone requisitos más estrictos para el divorcio, incluyendo consejería obligatoria y causas específicas como adulterio o abandono.
La división de propiedad comunitaria en AZ sigue la presunción de igualdad: salvo acuerdo entre las partes o circunstancias especiales, el tribunal divide 50/50. La propiedad separada — adquirida antes del matrimonio, heredada, o recibida como regalo durante el matrimonio (ARS 25-213) — permanece con el titular original. La "commingling" (mezcla de bienes separados con comunitarios) es una fuente frecuente de litigación cuando bienes heredados se depositan en cuentas conjuntas o se usan para pagar una hipoteca compartida. Las comunidades inmigrantes con bienes en México o América Central también enfrentan preguntas sobre cómo esos activos extranjeros son tratados bajo las reglas de AZ.
El mantenimiento conyugal (spousal maintenance) en Arizona no es automático y requiere que el solicitante demuestre que no puede cubrirse sus necesidades razonables o que contribuyó significativamente a la educación/carrera del otro cónyuge (ARS 25-319). Los tribunales consideran la duración del matrimonio, el estándar de vida, la edad, el estado de salud, y la capacidad de trabajo de ambas partes. Para mujeres inmigrantes que dejaron carreras en sus países de origen para apoyar el proyecto de vida familiar en el área de Phoenix o Tucson, esta figura puede ser esencial para una transición justa.
Las Órdenes de Protección en Arizona (ARS 13-3602) se obtienen cuando existe una relación doméstica calificada: cónyuge, ex-cónyuge, personas que conviven o han convivido, y personas con hijos en común. Una orden temporal ex parte puede emitirse el mismo día sin notificar al demandado. Dentro de los 10 días hábiles siguientes, el demandado puede solicitar audiencia para impugnar la orden. Las Órdenes de Protección de AZ son permanentes en el sentido de que duran un año renovable (diferente de NJ donde son permanentes indefinidamente y de VA donde duran máximo 2 años). Para víctimas de violencia doméstica en comunidades inmigrantes, VAWA protege el estatus independientemente del agresor.
La custodia en Arizona se articula como "legal decision-making" (toma de decisiones legales) y "parenting time" (tiempo con el menor), bajo ARS 25-403. El tribunal aplica el interés superior del menor considerando 11 factores específicos, incluyendo la voluntad del menor si tiene madurez suficiente. Arizona presume que la custodia conjunta sirve el interés del menor salvo historial de violencia doméstica. Las familias en comunidades como Maryvale (Phoenix) o South Tucson donde el trabajo nocturno y los turnos en la industria de alimentos o construcción afectan los horarios de parenting time enfrentan desafíos prácticos en la implementación de los planes de crianza.
Recursos de apoyo: Sojourner Center Phoenix (602-244-0990; sojourner.org): el mayor refugio de DV en Arizona, con servicios integrales en español. Emerge Center Against Domestic Abuse Tucson (520-795-4266; emergecenter.org): servicios bilingües en el sur de Arizona. La Red de Justicia Familiar de AZ (Arizona Foundation for Women, 602-357-7979) apoya programas en comunidades inmigrantes. DNA People's Legal Services (928-871-4151) atiende comunidades rurales y tribales del norte de AZ.